CEAR señala que la sentencia conocida hoy de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo sobre el caso de dos jóvenes expulsados de Melilla en 2014 no debe tomarse como un espaldarazo legal a las ‘devoluciones en caliente’ e insiste en denunciar la ilegalidad de estas prácticas.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo condena a España por la demanda de dos jóvenes procedentes de Malí y Costa de Marfil que fueron expulsados de Melilla en agosto de 2014. Esta devolución supone una violación del Protocolo 4 y del artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al tratarse de una expulsión colectiva sin posibilidad efectiva de recurso judicial.